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¿Cuánto deben pagar de impuestos los influencers en el Perú?

¡Deben rendir cuentas a la Sunat! Los influencers en nuestro país no están exentos de pagar impuestos. Por ello, te contamos cuánto es lo que deben retribuir.

image internalLos influencers tienen obligaciones tributarias en el Perú. Foto: composición/Samahara Lobatón/María Pía Copello/Instagram/archivo GLR

Los influencers, personas que generan ingresos a través de redes sociales como Facebook, Instagram, YouTube, entre otras, tienen obligaciones tributarias, según declaró la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). En ese sentido, te contamos cuánto deben pagar de impuestos estos personajes en nuestro país.

Al 2020, existían cerca de 73.000 influencers en el Perú, de acuerdo a un estudio de la agencia Influencity. Sin embargo, a penas el 0,24% de estos creadores de contenido han sido identificados por la Sunat y pagan impuestos.

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¿Cuánto deben pagar de impuestos los influencers en el Perú?

Los ingresos generados por influencers que residen en territorio peruano califican como rentas de tercera categoría, según precisó la Sunat en un informe. En esa línea, señaló que el 29,5% de lo que ganan por sus servicios debe ser destinado a la caja fiscal.

Mientras que, para aquellos creadores de contenido que estén comenzando sus actividades y no las realicen de manera constante, la entidad detalló que solamente pagarán impuestos de cuarta categoría (8%).

Los influencers en Perú deben pagar impuestos a la Sunat. Foto: composición LR/istock

¿Qué pasa si un influencer no declara los ingresos que obtiene?

Si un influencer no cumple con sus obligaciones tributarias dentro de los plazos establecidos es calificado como una infracción tributaria sancionada con multas que ya se encuentran establecidas en el Código Tributario. No obstante, si se regulariza a tiempo y de manera voluntaria, puede acceder al régimen de gradualidad establecido.

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¿Qué hago si soy influencer y todavía no declaro los ingresos que he obtenido?

Lo primero que debes hacer es inscribirte en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) como persona natural con negocio o persona jurídica; es decir, en tercera categoría.

Son cuatro los regímenes a los que puedes acogerte, de acuerdo al nivel de ingreso y la actividad que realices. Estos son los siguientes:

  • Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS): con un límite de ingresos de hasta S/ 96.000 anuales u S/8.000 mensuales.
  • Régimen Especial de Renta (RER): con un límite de ingresos de hasta S/ 525.000 anuales.
  • Régimen MYPE Tributario(RMT): con ingresos netos que no superen las 1.700 UIT en el ejercicio gravable.
  • Régimen General (RG): sin límites de ingresos.

Lo segundo es emitir comprobantes de pago electrónicos por las ventas o servicios que ejecutes. Tras ello, debes declarar y pagar los impuestos oportunamente y a tiempo. En cuarto lugar, se sugiere llevar libros contables. Por último, sirve mucho solicitar comprobantes de pago por las compras vinculadas al giro de tu negocio.